El Grupo de Discapacidad e Inclusión de Mercociudades alerta sobre la necesidad de estar atentos para defender los derechos de las personas con discapacidad, especialmente en estos momentos en los que asistimos a prácticas discriminatorias en asistencia médica a causa de la pandemia del COVID-19. A continuación el comunicado completo:

Desde el Grupo de Discapacidad e Inclusión de la Red de Mercociudades queremos hacer llegar nuestra preocupación ante situaciones de diversa índole que hemos venido observando en distintos países del mundo, relacionadas con las personas con discapacidad, en el marco de la pandemia del Covid-19.

Frente a las noticias que se conocen a través de los medios de comunicación a nivel global y ante la aparente necesidad de priorizar ciertas vidas sobre otras, dada la escasez de recursos médicos, es necesario realizar una advertencia acerca de los criterios que pueden llegar a utilizarse para decidir qué seres humanos merecen ser salvados y cuáles no.

El hecho de que pudiera existir un faltante de camas de terapia intensiva, ni suficientes respiradores y/o personal para atender la salud de quienes los necesitan es, lamentablemente, una fatalidad, pero también un dato de la realidad.

Con la pandemia que se extiende por el mundo, los sistemas de salud de muchos países se han visto colapsados. Es el caso de Italia, España, Francia y Estados Unidos, que han tenido que aplicar criterios de triaje, un método de selección y clasificación de pacientes que se usa en la medicina de emergencia y desastres.

Ahora, ¿qué significa la palabra triaje? Es una palabra que deriva del verbo triar, “elegir”. La pandemia del Covid-19 ha cambiado el mundo por completo en pocos meses y nos enfrenta ante una situación brutal y en la cual es necesario decidir, en algunos casos, quién vive y quién muere.

En muchos lugares del mundo el triaje favorece, en caso de “empate” ante la presentación de distintos pacientes, a las personas jóvenes por sobre las mayores, por ejemplo.

En algunos protocolos para este triaje se establece que no deben tenerse en cuenta características políticas, religiosas, género, etnia ni discapacidad. Así, en principio, la edad biológica o tener una discapacidad no deberían ser, de por sí, características que excluyan a pacientes de recibir cuidados críticos. Pero, siendo honestos y a pesar de que estamos en el año 2020, sabemos que en muchos casos se considera a la discapacidad como una enfermedad y no como lo que realmente es, una condición.

La decisión depende de un “equipo de triaje” y tiene la tarea de decidir sobre la vida de otras personas y no solo debe tener en cuenta las condiciones de salud en cuanto al Covid-19, sino también, en sus posibilidades de sobrevivir; por lo tanto, debe decidir quiénes reciben el apoyo crítico.

Ante lo expuesto, es imprescindible sostener y promover que los criterios de asignación de recursos y los sistemas de triaje en situaciones de emergencia que se apliquen por la crisis del coronavirus, no tengan en cuenta la discapacidad preexistente de las personas al momento de realizar tal evaluación .

Los protocolos clínicos o las propuestas de actuación de las sociedades científicas deben respetar el ordenamiento jurídico, el principio fundamental de no discriminación y los derechos humanos de todas las personas, incluidas las que presentan una discapacidad.

Las personas con discapacidad deben tener la garantía de que su supervivencia es una prioridad, por ello, se observa la necesidad urgente de que el sistema sanitario establezca protocolos para emergencias de salud pública que garanticen, cuando los recursos médicos sean limitados, la no discriminación de las personas con discapacidad en el acceso a la salud, garantizando el principio de igualdad.

Desde el Grupo de Discapacidad e Inclusión exponemos estas consideraciones para que las Mercociudades estén alertas y se defiendan los derechos de las personas con discapacidad según lo establece el Art. 25 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que dice que: “Los Estados Parte reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad”.

19 de mayo de 2020

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